Coronavirus: Consideraciones para los empleados

Coronavirus - abril 28, 2022
Padre trabajando en la mesa en la cocina de casa con su hija en su regazo jugando un juego

Conozca los derechos de sus empleados en caso de coronavirus

El brote de coronavirus ha sembrado la incertidumbre entre los trabajadores de todo el mundo. Los cierres de tiendas, restaurantes y oficinas han dejado a muchos sin trabajo, y los que tienen la suerte de poder trabajar a distancia deben hacer malabarismos para compaginar sus responsabilidades laborales con el cuidado de los niños debido al cierre de escuelas y guarderías. Las dudas sobre la posibilidad de trabajar y pagar las facturas sin riesgo de enfermar son causa de tremenda ansiedad para muchos, por lo que respondemos a algunas de las preguntas que pueda tener sobre sus derechos y opciones como empleado durante esta crisis.

Preguntas frecuentes de los empleados en medio de la crisis del coronavirus:

  1. TRABAJAR DESDE CASA
  2. VIAJES DE TRABAJO
  3. BAJA POR ENFERMEDAD
  4. BAJA MÉDICA FAMILIAR
  5. AMBIENTE DE TRABAJO INSEGURO
  6. SEGURIDAD DE LA INFORMACIÓN PERSONAL

Trabajar desde casa

P: ¿Tengo derecho a trabajar desde casa?

R: Salvo en los casos cubiertos por la ADA, las empresas no suelen estar obligadas a permitir el teletrabajo. La excepción podría darse en caso de cuarentena local o nacional, en la que las personas se vean obligadas a permanecer en sus hogares para todos los desplazamientos, salvo los imprescindibles. Los gobiernos a todos los niveles han instado a los empresarios a permitir que los trabajadores se queden en casa siempre que sea posible para contener la propagación del virus. Es importante conocer los decretos ejecutivos que pueden afectar a su Estado.

Viajes de trabajo

P: Tengo previsto un viaje de trabajo la semana que viene. ¿Puede mi empresa despedirme por negarme a viajar?

R: La respuesta es complicada. Aunque su jefe pueda despedirle por negarse a viajar como parte de sus obligaciones laborales, usted puede estar protegido por la disposición de la Ley Nacional de Relaciones Laborales relativa a la actividad concertada protegida si se manifiesta en nombre de un grupo de empleados afectados de forma similar. Lo ideal sería que usted y su empleador pudieran llegar a un acuerdo sobre los riesgos y la eficacia de las reuniones virtuales que le permitiera evitar el viaje. Puede haber restricciones de viaje aplicables. Tiene derecho a pedir consejo a un abogado.

Baja por enfermedad

P: Mi empresa no me paga la baja por enfermedad. No me siento seguro viajando al trabajo. ¿Pueden obligarme a ir a trabajar?

R: En términos generales, los empresarios siguen teniendo la posibilidad de obligar a sus empleados a acudir al lugar de trabajo. Según la Occupational Safety and Health Administration (OSHA), un empleado sólo puede negarse a ir a trabajar si considera que corre un peligro inminente al hacerlo. Peligro inmediato suele referirse a una amenaza inminente de muerte o daño físico por el mero hecho de ir a trabajar y realizar su trabajo tal y como le ha sido asignado. Así pues, en el caso de los trabajadores no sanitarios, no está claro que tales disposiciones cubran la posibilidad de exposición al coronavirus. Los empresarios también están obligados a acomodar a los trabajadores inmunodeprimidos según las directrices de la Ley de Estadounidenses con Discapacidades (ADA), de modo que si tienes un riesgo especial de contraer la enfermedad, la empresa tiene que hacer los ajustes razonables.

Dicho esto, se ha instado a los empresarios a adoptar opciones de trabajo a distancia si es posible, y en el caso de las empresas que requieren que los empleados estén in situ para realizar sus funciones laborales, los empresarios deben tomar medidas para reducir la densidad de mano de obra escalonando los turnos. Todos los empresarios deberían seguir las directrices de los CDC y la OSHA para proporcionar un entorno de trabajo seguro y limpio, y asegurarse de que los empleados también las siguen. Es importante conocer las órdenes ejecutivas que pueden afectar a los viajes en su estado.

P: He faltado al trabajo porque estaba enfermo y no tenía suficientes días de baja para cubrirme. ¿Puede sancionarme mi empresario?

R: Por lo general, las empresas pueden despedir a los empleados que falten demasiado tiempo al trabajo y hayan superado los días de baja por enfermedad asignados. Sin embargo, el coronavirus es una circunstancia sin precedentes y la recién aprobada Ley de Respuesta al Coronavirus Families First garantiza dos semanas de permiso retribuido, hasta un máximo de 511 dólares diarios, a toda persona enferma o en cuarentena a causa del virus, con la salvedad de que quedan exentas las empresas de l más de 500 empleados. Existen disposiciones que pueden excluir a una pequeña empresa con menos de 50 empleados cuando estos nuevos requisitos pongan en peligro la viabilidad de la empresa. Los empleados que pueden teletrabajar también están exentos de las nuevas disposiciones sobre baja por enfermedad.

Las personas con derecho a acogerse a la Ley de Baja Médica Familiar (FMLA) pueden tomarse dos semanas de baja sin sueldo y otras diez semanas de baja con dos tercios del sueldo, si cumplen los requisitos. (Con arreglo a las directrices modificadas que establece la Ley Families First, para acogerse a la FMLA basta con haber trabajado para una empresa de más de 50 empleados durante un periodo de 30 días).

P: Me han puesto en cuarentena en casa y no puedo trabajar. No tengo tiempo disponible para despegar. ¿Qué opciones legales tengo?

R: En virtud de las normas de la Ley de respuesta al coronavirus Families First, recientemente aprobada, las personas en cuarentena debido a una infección tienen derecho a un permiso retribuido de hasta dos semanas:

  1. Si han sido diagnosticados de COVID-19 o han sido puestos en cuarentena por un médico o un funcionario de salud pública (con el salario normal).
  2. Si cuidan de alguien que está en cuarentena oficial o de un niño que no tiene guardería debido a cierres relacionados con el coronavirus (a dos tercios del salario normal).

Cabe señalar que la cuarentena es diferente de la práctica de “distanciamiento social” que se ha pedido a la mayoría.

Ley de baja médica familiar

P: ¿Puedo utilizar la FMLA aunque no esté infectado? ¿Puedo utilizarlo para cuidar a mis hijos, puesto que ya no tengo guardería?

R: La recién complementada Ley de Baja Médica Familiar permite a los empleados que reúnan los requisitos necesarios disfrutar de una baja de hasta doce semanas en total para cuidar de los niños que ahora están en casa debido al cierre de los colegios en virtud de las disposiciones de la Ley de Respuesta al Coronavirus Families First. Sin embargo, las dos primeras semanas de permiso no son remuneradas, y las siguientes sólo lo son a dos tercios de tu salario habitual y con un tope de 200 dólares al día. Los empleados pueden utilizar las vacaciones acumuladas o el tiempo libre remunerado durante esas dos primeras semanas, o esas dos semanas pueden acogerse a la Ley de Baja por Enfermedad de Emergencia Remunerada a dos tercios de su salario habitual.

Entorno laboral inseguro

P: Mi compañero de trabajo muestra síntomas de enfermedad; ¿qué hago?

R: Si un compañero de trabajo parece estar enfermo, debes avisar a la dirección para que tomen las medidas oportunas para enviar al empleado a casa y que se autoaísle. También se puede pedir a los empleados que hayan estado en contacto con el empleado potencialmente enfermo que se autoexploren, lo cual está dentro de los derechos del empresario, siempre que no lo haga de forma discriminatoria. Si su empresa se niega a tomar medidas, puede presionar a su empleador sobre el asunto alegando un entorno laboral inseguro.

P: No me siento cómodo trabajando en la oficina durante esta pandemia. ¿Qué protección tengo si me niego a entrar?

R: Por lo general, los empresarios están en su derecho de exigir a los empleados que acudan a trabajar, pero hay algunas circunstancias en las que puedes estar protegido. Si un empresario intenta obligarte a trabajar, puedes estar protegido por las disposiciones de la OSHA que permiten a los empleados negarse a trabajar en lo que podría considerarse un peligro inminente de muerte o lesiones graves. Los empleados también están protegidos por la Ley Nacional de Relaciones Laborales si actúan de común acuerdo con otros empleados para protestar contra un entorno de trabajo inseguro. Es importante conocer los decretos ejecutivos que pueden afectar a su Estado.

Seguridad de la información personal

P: ¿Estará segura mi información personal y privada durante una pandemia?

R: Puede que en estos momentos esté pensando sobre todo en su salud y su seguridad laboral, pero la crisis actual se extiende también a sus datos personales. La naturaleza caótica de los acontecimientos cotidianos y nuestro deseo de respuestas y ayuda no han hecho sino crear más oportunidades para el fraude y el robo de datos a través de estafas y phishing. Dada la precariedad de nuestra situación, no podemos permitirnos que nos roben la identidad o el número de nuestra tarjeta de crédito. IDShield ayuda a las familias a protegerse contra el fraude y el robo de identidad por menos de 15 dólares al mes.

Las cuestiones sobre legislación laboral pueden ser complejas, sobre todo con los nuevos cambios. Hacerse miembro de LegalShield le permite hablar con un abogado sobre todas estas cuestiones a un precio asequible. Más información sobre planes legales, aquí.

LegalShield proporciona acceso a los servicios jurídicos ofrecidos por una red de bufetes proveedores a los miembros de LegalShield a través de la participación de los miembros. Ni LegalShield ni sus funcionarios, empleados o asociados de ventas proporcionan directa o indirectamente servicios legales, representación o asesoramiento. Consulte el contrato del plan en legalshield.com para conocer los términos, la cobertura, los importes y las condiciones completas del estado de residencia. Esto no pretende ser un consejo legal o médico. Por favor, póngase en contacto con un profesional de la medicina para obtener asesoramiento o asistencia médica y con un abogado para obtener asesoramiento o asistencia legal.