Pequeñas empresas y contratistas independientes
Muchas pequeñas empresas utilizan o son utilizadas como contratistas independientes. Los empresarios tienen la responsabilidad legal de determinar si Hacienda clasifica a alguien que trabaja para ellos como empleado o contratista independiente.
La distinción entre contratistas y empleados no siempre es clara. Tomar una decisión equivocada puede tener graves consecuencias financieras y jurídicas. Si tiene alguna pregunta, llame a su bufete de abogados proveedor de LegalShield.
Clasificaciones de trabajadores – Existen cuatro clasificaciones de trabajadores realizadas por el IRS. Algunos estados pueden clasificar a los trabajadores de forma diferente a la IRS.
- Contratista independiente: según el derecho consuetudinario, un contratista independiente controla el tipo de trabajo que realiza y cómo lo completa. En esta circunstancia, la empresa que les contrata para realizar el trabajo sólo controlaría el resultado final o el producto. Aunque se pueden fijar plazos para un contratista independiente, no se pueden imponer horas de trabajo específicas.
- Empleado – Según el derecho consuetudinario, si usted controla qué, cuándo, dónde y cómo se realiza el trabajo, el trabajador se considera un empleado.
- Empleado estatutario – Algunos trabajadores que cumplen los requisitos del derecho común como contratista independiente pueden seguir siendo considerados empleados debido a estatutos específicos que los designan como tales. Entre los empleados estatutarios figuran:
- Personas que trabajan desde casa bajo instrucciones específicas con materiales que usted proporciona, que le son devueltos a usted o a alguien que usted nombre;
- Conductores de reparto de alimentos y bebidas (leche excluida);
- Conductores de lavandería y tintorería por encargo;
- Agentes de seguros que trabajan principalmente para una compañía de seguros de vida que vende contratos de seguros de vida o de rentas vitalicias.
- Vendedores ambulantes a tiempo completo que le envían pedidos directamente de empresas o establecimientos mayoristas.
- No asalariado estatutario – Las leyes consideran no asalariados a algunos trabajadores que, de otro modo, se considerarían asalariados. Entre ellas se encuentran:
- Vendedores directos y trabajadores del sector inmobiliario que no cobran por horas.
- Cuidadores de compañía (enfermeros privados y auxiliares sanitarios a domicilio) no contratados por un servicio de colocación.
¿Aún no sabe cómo clasificar a un trabajador? El IRS dispone de un formulario, que los empresarios pueden cumplimentar y enviar, en el que solicitan que el IRS determine la situación del trabajador. Si es usted empresario, consulte a su bufete de abogados proveedor de LegalShield antes de presentar el formulario. Hacienda puede tardar seis meses o más en responder a su solicitud.
Impuestos e informes – El objetivo principal de clasificar a un trabajador es determinar los impuestos y el mantenimiento de registros de los que su empresa será responsable.
- Contratistas independientes – Los formularios y la información necesaria para los contratistas independientes están disponibles en el IRS.
- Empleados – Los formularios y la información fiscal para los empleados también pueden encontrarse en el sitio web del IRS.
Sanciones – Los empresarios que no declaren correctamente a un empleado pueden ser considerados responsables de los impuestos sobre el trabajo adeudados. Existen disposiciones de exención en algunas circunstancias. Si tiene alguna duda, llame inmediatamente a su bufete proveedor de LegalShield.